Lista metodología para implementar planes de reducción de pérdidas de energía
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) expidió la Resolución 172 de 2011 mediante la cual estableció la metodología para implementar los Planes de reducción de pérdidas no técnicas en los Sistemas de Distribución Local.
La remuneración de los planes de reducción de pérdidas será aplicable únicamente en los mercados de comercialización que presenten pérdidas de energía eléctrica en el Nivel de Tensión 1 superiores a las reconocidas. Los planes deben ser ejecutados por los operadores de red (OR), los cuales deben solicitar a la CREG su aprobación en un plazo no mayor a 90 días. En los mercados de comercialización donde se presenten pérdidas de energía eléctrica en el Nivel de Tensión 1 inferiores a las reconocidas, los OR deben presentar a la Comisión un estudio para la aprobación del índice de pérdidas de este nivel, en un plazo no superior a 30 días. Los planes tendrán una vigencia de cinco (5) años y se espera que su aplicación se dé a partir del segundo semestre del 2012. El operador que incumpla con las metas propuestas en su plan deberá devolverle a los usuarios una parte o la totalidad de los recursos recibidos por este concepto. |
Fecha de publicación 28/12/2011
Última modificación 23/11/2022