Glosario
prepago
Compra de energía con anterioridad a su consumo, en un sistema de comercialización prepago. (Fuente: R. CREG-096-2004; Art. 1)
prestador de servicio
Para efectos de las normas contenidas en la presente Resolución, es toda persona natural o jurídica que presta el servicio de electricidad en una Zona No Interconectada (ZNI), de acuerdo con lo previsto en la Ley. (Fuente: R. CREG-082-1997; Art. 1)
prestador de servicios publicos
Cualquiera de las personas señaladas en el artículo 15 de la Ley 142 de 1994. Para los efectos de esta resolución, a tales personas se les denomina "la empresa". (Fuente: R. CREG-108-1997; Art. 1)
prestador del servicio de conexión
Es la empresa comercializadora. (Fuente: R. CREG-225-1997; Art. 1)
prestador del servicio de transporte o transportador
Se considerarán como tales, las personas de que trata el Titulo 1o. de la Ley 142 de 1994 que realicen la actividad de Transporte de Gas desde un Punto de Entrada hasta un Punto de Salida del Sistema Nacional de Transporte y que reúnen las siguientes condiciones, de acuerdo con la Regulación de la CREG. <br />
a) Capacidad de decisión sobre el libre acceso a un Sistema de Transporte siempre y cuando dicho acceso sea técnicamente posible; y <br />
b) Que realice la venta del Servicio de Transporte a cualquier Agente mediante Contratos de transporte. (Fuente. R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)
prima de disponibilidad
Cuando los comercializadores y transportadores de gas natural incorporen en los contratos de ventas de gas y de transporte, cláusulas de garantía de disponibilidad del gas o de la capacidad de transporte, sobre volúmenes pactados interrumpibles por parte del comprador, podrán pactar libremente un canon o pago, denominado prima de disponibilidad. (Fuente. R. CREG-057-1996; Art. 1)
principio de libre acceso a la red nacional de interconexión
Principio legal, por el cual los propietarios de la Red Nacional de Interconexión, deben permitir la libre conexión y el uso de las mismas, por parte de cualquier agente habilitado legalmente para ello, en condiciones de igualdad y neutralidad, y cumpliendo las exigencias técnicas y económicas respectivas. (Fuente: R. CREG-004-2003; Art. 3)
principio de neutralidad
En materia tarifaria significa lo establecido en el artículo 87.2 de la Ley 142 de 1994. (Fuente. R. CREG-057-1996; Art. 1)
procedimiento de registro
Los pasos que debe cumplir el ASIC, entre la fecha de solicitud y la fecha de registro, para fronteras comerciales o contratos de energía de largo plazo, en el Mercado Mayorista. (Fuente: R. CREG-006-2003; Art. 1)
proceso competitivo
Invitación pública abierta para concursar por la asignación de Obligaciones de Prestación del Servicio en un Área de Servicio Exclusivo con reglas definidas por la autoridad competente para la determinación del precio y para asignar la obligación correspondiente. (Fuente: R. CREG-091-2007; Art. 2)