Cilindros universales tendrán que destruirse
Los cilindros que no estén debidamente marcados ni cumplan con la reglamentación expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) y que estén en circulación de forma irregular o en poder de los distribuidores deberán destruirse, independientemente del estado en que se encuentren y de su procedencia.
Así lo propone la Resolución 169 de 2013 que puso en consulta la Comisión con el fin de reforzar el esquema de marca de cilindros de gas y apoyar las actividades de distribución y comercialización minorista sólo con cilindros marcados.
La resolución salió a consulta para que cualquier interesado haga comentarios al respecto, y busca terminar de eliminar los cilindros universales remanentes en poder de los usuarios o de las empresas prestadoras del servicio público.
En tal sentido, la norma propuesta plantea una excepción a la prohibición de la circulación de cilindros universales para permitir transportarlos hasta los talleres para su destrucción.
Los cilindros marcados que hayan sido alterados en su marca y/o en su número de identificación NIF y que no permitan la identificación de su propietario se considerarían universales remanentes y por lo tanto también se deberán destruir.
La destrucción se deberá hacer en las fábricas o talleres certificados bajo el reglamento técnico de fabricación y mantenimiento de cilindros.
Una vez entre en vigencia la resolución definitiva, los distribuidores de GLP serán los únicos autorizados para transportar cilindros universales remanentes sin gas, siempre y cuando estén en su poder porque los recibió de un usuario del servicio, porque los tenía en su poder o porque la autoridad de policía estableció su disposición, entrega, destrucción o decomiso.
Los distribuidores que van a realizar un proceso de destrucción de cilindros tienen la obligación de informar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Así mismo, se debe informar a las alcaldías municipales sobre la ubicación de los talleres autorizados.
Fecha de publicación 03/02/2014
Última modificación 09/12/2022