Glosario
centro nacional de despacho (cnd)
Dependencia encargada de la planeación, supervisión y control de la operación integrada de los recursos de generación, interconexión y transmisión del Sistema Interconectado Nacional. (Fuente: R. CREG-116-2003; Art. 1)
centro regional de control
Centros responsables de la planeación eléctrica de corto plazo, coordinación, supervisión y control de la operación de las redes, subestaciones y plantas de generación que se encuentren bajo su cobertura, coordinando la operación y maniobras de esas instalaciones, con sujeción a las instrucciones impartidas por el CND y teniendo como objetivo una operación segura y confiable del SIN, con sujeción a la reglamentación vigente y los acuerdos del CNO. (Fuente: R. CREG-026-1999; Art. 1)
centros principales de control (cpc)
Centros pertenecientes a los diferentes gasoductos (Sistemas de Transporte) que hagan parte del Sistema Nacional de Transporte, encargados de adelantar los procesos operacionales, comerciales y demás definidos en el RUT. (Fuente. R. CREG-071-1999; Cap. I. Núm. 1.1)
ciclo de nominación de suministro de gas
Proceso que se inicia con la solicitud de servicios de suministro de gas realizada por un Remitente al Productor-Comercializador o Comercializador respectivo y que termina con la Confirmación de la solicitud. (Fuente. R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)
ciclo de nominación de transporte
Proceso que se inicia con la solicitud de servicios de transporte realizada por un Remitente al CPC respectivo, con respecto a la Cantidad de Energía y el poder calorífico del gas que va a entregar en el Punto de Entrada o a tomar en el Punto de Salida de un Sistema de Transporte en un Día de Gas y que termina con la Confirmación de la solicitud. (Fuente. R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)
cie
Commission International D' Eclairage
cilindros universales adecuados
Son los cilindros del parque universal que, durante el período de transición, fueron encontrados aptos para continuar prestando el servicio y, una vez comprados por un distribuidor, fueron marcados por éste como cilindros de su propiedad de conformidad con la regulación respectiva y los reglamentos técnicos del Ministerio de Minas y Energía. (Fuente: Res. CREG-023/08, Art. 1 y Res. CREG-045/08, Art. 1).
circuito
Para propósitos del Reglamento de Distribución se define circuito a la red o tramo de red eléctrica monofásica, bifásica o trifásica que sale de una subestación, de un transformador de distribución o de otra red y suministra energía eléctrica a un área geográfica específica. Cuando un Circuito tenga varias secciones o tramos, para los efectos del Reglamento de Distribución, cada sección o tramo se considerará como un Circuito. (Fuente: R. CREG-070-1998; Anexo)
circuito subnormal
Conjunto de elementos que son usados como red o tramo de red eléctrica, incluyendo transformadores cuando los hubiere, que reúne simultáneamente las siguientes características:<br />
1. No cumple los requisitos técnicos mínimos establecidos en la Resolución CREG-070 de 1998 .<br />
2. Suministra energía eléctrica exclusivamente a un grupo de Usuarios Regulados pertenecientes a un Barrio Subnormal, cuyas conexiones se han efectuado sin el cumplimiento de las condiciones de conexión establecidas por la Resolución CREG-070 de 1998 .<br />
3. Se pueden clasificar como Redes de Uso General. (Fuente: R. CREG-120-2001; Art. 2)
clase de precisión
Características metrológicas del grupo de instrumentos y transformadores de medida que satisfacen requisitos metrológicos destinados a mantener los errores y variaciones permitidas, dentro de los límites especificados. (Fuente: R. CREG-070-1998; Anexo)