Glosario
cantidad de energía tomada
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Cantidad de Energía que el Remitente toma en el Punto de Salida de un Sistema de Transporte durante el Día de Gas. (Fuente. R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)
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cantidades disponibles restantes
Corresponden a las cantidades remanentes de gas natural de los campos con precios máximos regulados, que resultan una vez se aplique el procedimiento de asignación establecido en los Numerales 1 a 4 del Artículo 8 del Decreto 2687 de 2008, esto es las mencionadas por el Numeral 5 de la citada norma. (Fuente. R. CREG-095-2008; Art. 1o)
capacidad contratada
Capacidad de transporte de Gas Natural que el Remitente contrata con el Transportador para el Servicio de Transporte expresada en miles de pies cúbicos estándar por día (KPCD) o en sus unidades equivalentes en el Sistema Internacional de Unidades. (Fuente. R. CREG-071 1999; Cap. I. Num 1.1)
capacidad de un enlace internacional
Límite máximo de flujo de potencia eléctrica de cada Enlace Internacional, considerando las condiciones de calidad, seguridad y estabilidad de los sistemas eléctricos, así como las características técnicas de las líneas y equipos de interconexión. Este límite es calculado en forma coordinada por los operadores de los sistemas de los países miembros de la Comunidad Andina, o de los países con los que se tenga una integración de mercados eléctricos en las condiciones de la Resolución CREG-004 de 2003, y harán parte del anexo de parámetros técnicos definido en la Resolución CREG-025 de 1995. (Fuente: R. CREG-001-2006; Art. 1)
capacidad de un enlace internacional no tie
Límite máximo de flujo de potencia eléctrica de cada Enlace Internacional no operado conforme a la Resolución CREG-004 de 2003. (Fuente: R. CREG-001-2006; Art. 1)
capacidad disponible primaria
Es aquella capacidad de que dispone el Transportador y que de acuerdo con los contratos suscritos no está comprometida como Capacidad Firme. (Fuente. R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)
capacidad disponible secundaria
Es aquella Capacidad Firme que el Remitente no proyecte utilizar y que de acuerdo con los derechos otorgados por el contrato de transporte suscrito puede ceder o vender a Remitentes Reemplazantes. (Fuente. R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)
capacidad efectiva
Es la máxima cantidad de potencia neta (expresada en valor entero en MW) que puede suministrar una unidad de generación en condiciones normales de operación. Los valores se presentan en el Documento de Parámetros Técnicos del SIN. Estos valores deben ser registrados y validados por los propietarios de los generadores al CND. (Fuente: R. CREG-025-1995; Anexo)
capacidad efectiva neta
Es la máxima capacidad de potencia neta (expresada en valor entero en MW) que puede suministrar una planta y/o unidad de generación en condiciones normales de operación, medida en la frontera comercial. Se calcula como la Capacidad Nominal menos el Consumo Propio de la planta y/o unidad de generación. (Fuente: R. CREG-074-2002; Art. 4)
capacidad firme
Capacidad que de acuerdo con los contratos suscritos no es interrumpible por parte del Transportador, salvo en casos de emergencia o de fuerza mayor. (Fuente. R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)