Glosario
contrato de opción de compra de gas – ocg
Contrato bilateral, escrito y a término, en el cual el comprador paga: i) una prima acordada libremente, por el derecho a tomar hasta una cantidad en firme de gas; y ii) un precio de ejercicio acordado libremente entre las partes por las cantidades de gas nominadas y aceptadas. La prima es un valor predeterminado que se pagará en los términos acordados entre las partes (anual, semestral, trimestral o mensualmente). El vendedor debe garantizar la entrega de gas hasta por el 100% de la cantidad contratada.<br />
Parágrafo. El precio de ejercicio para el gas natural producido en los campos con precio regulado podrá superar, en esta modalidad contractual, los precios establecidos en la Resolución CREG 119 de 2005 o aquellas que la sustituyan, modifiquen o aclaren. (Fuente. R. CREG-070-2006; Art. 3)
contrato de respaldo de energía firme o contrato de respaldo
Es un contrato bilateral que se celebra entre agentes generadores a través del Mercado Secundario, con el fin de asegurar el cumplimiento de las Obligaciones de Energía Firme de un generador. Su objeto, precio, cantidad, garantía, duración y recaudo se determina de común acuerdo entre las partes siguiendo los lineamientos del Mercado Secundario establecido en la resolución CREG 071 de 2006. (Fuente: R. CREG-071-2006; Art. 2 - R. CREG-079-2006; Art. 1)
contrato de servicios públicos
Es un contrato uniforme, consensual, en virtud del cual una empresa de servicios públicos los presta a un usuario a cambio de un precio en dinero, de acuerdo con lo establecido en la Ley y la regulación. (Fuente: Res. CREG-023/08, Art. 1).
contrato de servicios públicos especial
Es un Contrato de Servicios Públicos, donde algunas de las estipulaciones son objeto de acuerdo especial con uno o algunos usuarios. (Fuente: Res. CREG-023/08, Art. 1). <br />
CONTRATO DE TRANSPORTE O CONTRATO. Acuerdo de voluntades por el cual un Transportador se obliga con un Remitente para la prestación del Servicio de Transporte de GLP lo cual constará por escrito, y estará sometido a la regulación que expida la CREG, a las normas pertinentes de la Ley 142 de 1994 y del Derecho Privado. (Fuente: Res. CREG-122/08, Art. 1).
contrato de suministro de glp envasado
Acuerdo de voluntades mediante el cual un Comercializador Minorista se compromete con un Distribuidor a comercializar exclusivamente cilindros de ese Distribuidor. En este contrato se pactan, además de la exclusividad, las condiciones técnicas, administrativas y comerciales del suministro de GLP envasado. (Fuente: Res. CREG-023/08, Art. 1).
contrato de transporte o contrato
Acuerdo de voluntades que se suscribe entre un Transportador y un Remitente para la prestación del Servicio de Transporte de Gas, sometido a la regulación que expida la CREG, a las normas pertinentes de la Ley 142 de 1994 y del Derecho Privado. (Fuente. R. CREG-071-1999; Cap. I. Num. 1.1)
contrato firme
Contratos en los que el Comercializador Mayorista se compromete a entregar un volumen diario garantizado de GLP durante un período previamente pactado en el contrato. (Fuente: Res. CREG-066/07, Art. 1).
contrato pague lo contratado o "take or pay"
Contrato bilateral, escrito y a término, en el cual el comprador se compromete a pagar un porcentaje (% de ToP) del gas contratado, independientemente de que éste sea consumido. El vendedor se compromete a tener a disposición del comprador el 100% de la cantidad contratada.<br />
El precio del gas por todo concepto que se establezca para esta modalidad contractual, deberá estar relacionado de manera inversa al Porcentaje de Take or Pay (% de ToP), o cantidad de gas que se comprometa, independiente del consumo. En esta modalidad contractual se ofrece un Servicio de Suministro en Firme o que Garantiza Firmeza.<br />
El comprador tendrá el derecho a utilizar el gas pagado y no tomado, durante los doce (12) meses siguientes al pago del gas no tomado, en el Punto de Entrega definido contractualmente. Para el efecto, el vendedor podrá cubrir la obligación de entrega con gas propio o con gas proveniente de terceros, asumiendo en todo caso el costo del transporte adicional que se requiera.<br />
Parágrafo 1. Las obligaciones de tomar o pagar el gas por parte del comprador, en un Contrato "Take or Pay", se liquidarán sobre una base mensual de cantidades promedio diarias.<br />
Parágrafo 2. En la modalidad contractual Pague lo Contratado o Take or Pay con suministro proveniente de campos cuyo precio en boca de pozo se encuentre regulado, el precio acordado deberá ser menor o igual que el Precio Máximo Regulado de que trata la Resolución CREG 119 de 2005 o aquellas que la sustituyan, modifiquen o aclaren. (Fuente. R. CREG-023-2000; Art. 1; modificado por R. CREG-070-2006; Art. 2)
contratos de áreas de servicio exclusivo
Contratos especiales de concesión para prestar el servicio de distribución de gas natural por redes de tubería en un área de servicio exclusivo. En estos contratos se pactan cláusulas de exclusividad para la distribución y se presta el servicio en las condiciones de precio y cobertura pactadas en el contrato. (Fuente. R. CREG-057-1996; Art. 1)
contribución
Suma que el usuario paga al comercializador por encima del costo del servicio, destinada a financiar subsidios, según las normas pertinentes. (Fuente: R. CREG-077-1997; Art. 1)